Nota informativa NH Asesores. Hidrocarburos: lo que no está aún regulado y próximas obligaciones.

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SUBIDA DEL IIEE SOBRE HIDROCARBUROS DEL GASÓLEO PARA IGUALARLO AL IIEE SOBRE LA GASOLINA:

[urcr_restrict] Pese a los constantes rumores desde enero de una inminente subida del IIEE sobre el gasóleo para igualarlo al de la gasolina (subida de 0,09369 €/litro), a fecha actual no se ha aprobado ni hay ninguna previsión ni confirmación de que pueda hacerse próximamente.

REGULACION DEL HVO:

El HVO (hidrobiodiesel) o “diesel renovable” como está siendo conocido en el mercado, siendo el principal producto con el que los operadores al por mayor de productos petrolíferos están cumpliendo sus obligaciones de SICBIOS y FQD, y habiéndose convertido en un quebradero de cabeza para los distribuidores al por menor al ver que determinados sectores de consumidores (esencialmente transportistas) lo demandan para poder cumplir con las exigencias de sus clientes y la inseguridad que puede provocar su gestión en SILICIE como producto diferente al GoA, a fecha actual:

  • No tiene regulación específica distinta al GoA en la normativa de especificaciones técnicas de productos petrolíferos y biocarburantes (Real Decreto 61/2006, de 31 de enero, por el que se determinan las especificaciones de gasolinas, gasóleos, fuelóleos y gases licuados del petróleo y se regula el uso de determinados biocarburantes). El único biocarburante que se regula en esta normativa es el FAME, por lo que la única referencia técnica respecto al HVO es la norma UNE que debe cumplir (UNE 15940).
  • No tiene una regulación específica distinta al GoA en la Ley de los Impuestos Especiales respecto al tipo impositivo aplicable y consecuencias derivadas (por ejemplo, el gasóleo profesional).
  • Solo tiene un código NC específico desde el 1 de enero de 2025 (2710.19.42) y es un NC que para la Ley de Impuestos Especiales es Gasóleo.
  • Las opciones de poder realizar analíticas que permitan confirmar que un producto es HVO 100% o que un gasóleo lleva un % de HVO son prácticamente nulas para la mayoría de los eslabones de la cadena del mercado de la distribución de carburantes.

Por lo tanto, la mayor seguridad jurídica que se tiene sobre este producto (sobre el que se sostiene el cumplimiento de las obligaciones del país del sistema de certificación de biocarburantes y obligaciones de reducción de gases de efecto invernadero) es disponer de un documento de su fabricante o instalación de almacenamiento y distribución que diga que el producto es HVO.

CERTIFICADOS SICBIOS y FQD (para operadores esencialmente)

Para todos los sujetos obligados de SICBIOS y de cumplimiento de las obligaciones FQD, y ante la inseguridad jurídica que sigue existiendo sobre el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la directiva FQD respecto al GoB y la validez de los certificados de SICBIOS respecto a la FQD:

  • Los certificados de SICBIOS no sirven para el cumplimiento de la obligación FQD.
  • No hay normativa aprobada que permita computar los certificados SICIBIOS (obligación establecida en el RD 1085/2015) con las obligaciones de FQD establecidas en el RDL 6/2022. Y en base a la no existencia de normativa el MITECO se pronuncia que no se pueden utilizar los certificados de SICBIOS para el cumplimiento de la FQD.

INFORME GEI: Se sigue exigiendo que en la plantilla Excel de remisión de información relativa a la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y energía suministrados en el transporte, se informe de las ventas totales de GOB y del cálculo de 58% sobre esas ventas.

Esta “indicación” sigue sin tener amparo normativo, por lo que el “incumplimiento” del 58% de porcentaje sigue sin poder tener ninguna consecuencia jurídica.

Y por último recordaros que queda 1 mes para que termine el periodo transitorio para la adaptación a SILICIE 2.0. EL 1 de julio 2025 será obligatorio que todos los titulares de CAEs que estén obligados a llevar la contabilidad de existencias vía SILICIE, realicen los envíos mediante el sistema de SILICIE 2.0.

“A vuestra disposición en Info@nh-asesores.com para ampliar la información o atender las consultas que se puedan plantear al respecto”.

Fuente: Mundo Petróleo. [/urcr_restrict]

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